Carlos Sánchez Mato
1. Introducción
Establecido
el marco en el que España dispondrá fondos para la reestructuración del sistema
financiero, el memorándum obligará a que
la reestructuración se haga “de una forma determinada” y “en unos plazos
concretos”. Por lo tanto, es un hecho
que la rúbrica del mismo supone una pérdida de soberanía nacional sobre su
sector financiero.
Sin embargo, eso en sí mismo no
supone un motivo de crítica ya que si una actuación multilateral o
internacional a gran escala se realiza con criterios de equidad y justicia, mi
opinión sería siempre favorable a la misma.
En todo caso, el análisis del
compromiso que se firmará muestra que la reforma del sector financiero que
ampara el mismo es injusta a la hora de repartir la carga de la misma e
ineficaz para resolver la quiebra de las entidades.
2. Segmentación del sector financiero español
El Memorándum
divide a las entidades en cuatro grupos:
· Grupo 0: Se incluirán en este
segmento las entidades que no precisen de ningún tipo de ayuda. No se cita a ningún banco pero
parece que las consultoras que están realizando las auditorías del sector
incluyen en el mismo a Santander, BBVA y Caixa.
· Grupo 1: Se incluyen en el mismo a
las entidades ya nacionalizadas y controladas por el FROB. Son BFA-Bankia,
Novocaixagalicia, Cataluña Caixa y Banco de Valencia. Estas entidades son las
que recibirán ayuda inmediata con la primera disposición de fondos.
· Grupo 2: Estarán incluidas las
entidades que necesitan más capital y no pueden lograrlo en el mercado. Las previsiones incluirían en este
grupo a Liberbank, Unicaja, Popular, Banco Mare Nostrum e IberCaja-Cajatres.
· Grupo 3: Pertenecerán al mismo los bancos que requieran
reforzar sus recursos pero pueden recurrir a inversores privados para
conseguirlo. Según
nuestro análisis estarían en este grupo Sabadell, Bankinter y el grupo BBK.
Para
poder situar a cada una de las entidades (salvo a las del Grupo 1) se
concluirán las auditorías encargadas por el Ministerio de Economía y el Banco
de España y, a continuación, se realizarán las pruebas de resistencia
individualizadas por cada entidad cuya publicación se estima que será en
octubre del presente año. Los requerimientos de capital resultado de las
auditorías de las entidades revelarán si esta reestructuración va en serio o
vuelve a ser un castillo de fuegos artificiales. La experiencia de los exámenes
a la banca europea (supervisados por la Agencia Bancaria Europea) realizados hasta ahora no han revelado
la actual quiebra del sistema bancario español. Desde luego no son precedentes
que inviten a la confianza.
3. Las condiciones impuestas en el Memorándum
La rúbrica del memorándum es imprescindible para la
formalización de la asistencia financiera a España y el rescate de ésta a las
entidades bancarias. El documento recoge una serie de condiciones de obligado
cumplimiento para el firmante, es decir, el Estado español.
1.Proporcionar
los datos necesarios para monitorizar el global del sector bancario y de los
bancos según su naturaleza o condición sistémica.
Fecha:
Regularmente a lo largo de todo el programa, empezando a finales de julio.
2.
Preparar planes de reestructuración con la
Comisión Europea para las entidades bancarias del denominado Grupo I, para
concluirlos en base a la segunda auditoría y permitir que Bruselas los apruebe
en noviembre.
Fecha:
desde julio de 2012 a mediados de agosto de 2012
3.
Finalizar la propuesta para la mejora y armonización de la información
proporcionada por el sector bancario en áreas clave como créditos
reestructurados o concentración sectorial.
Fecha:
finales de julio de 2012
4. Proporcionar
la información requerida para los 'test de estrés' de las consultoras,
incluyendo los resultados de la revisión de la calidad de los activos.
Fecha:
finales de agosto de 2012
5.
España deberá disponer de una legislación que garantice, si fuese necesario, la
asunción de pérdidas por parte de los inversores de deuda subordinada y activos
híbridos, es decir, los propietarios de acciones preferentes.
Fecha:
finales de agosto de 2012
6.
Reforzar el actual marco de resolución bancaria. Reforzar las competencias de
resolución del FROB y el Fondo de Garantía de Depósitos.
Fecha:
finales de agosto de 2012
7.
Preparar un plan integral y un marco legislativo para la creación y el
funcionamiento de un vehículo al que las entidades traspasarán a valor
razonable sus activos tóxicos (“banco malo”).
Fecha:
finales de agosto de 2012
8.
Completar los 'test de estrés', banco a banco.
Fecha:
segunda quincena de septiembre de 2012
9.
Finalizar una propuesta de reglamentación para mejorar la transparencia del
sector financiero.
Fecha:
finales de septiembre de 2012
10. Los
bancos con déficit de capital significativo llevarán a cabo un proceso para
forzar la asunción de pérdidas por parte de los inversores de deuda
subordinada, es decir, los propietarios de acciones preferentes.
Fecha:
Antes de las inyecciones de capital entre octubre y diciembre de 2012.
11. Los
bancos elaborarán sus planes de recapitalización para indicar cómo cubrirán sus
déficits de capital.
Fecha:
A principios de octubre de 2012
12.
Presentar los planes de restructuración o resolución a Bruselas de las
entidades que forman el Grupo 2.
Fecha:
octubre 2012
13.
Identificar las posibilidades de mejora en las áreas en las que el Banco de
España puede emitir directrices vinculantes o interpretaciones.
Fecha:
finales de octubre de 2012.
14.
Llevar a cabo una revisión interna de los procesos de supervisión y toma de
decisiones. Proponer cambios en los procedimientos con el fin de garantizar la
adopción oportuna de medidas correctivas para hacer frente a los problemas
detectados en una etapa temprana. Asegurarse de que la supervisión
macroprudencial se utilizará adecuadamente en el proceso de supervisión micro.
Fecha:
finales de octubre de 2012.
15.
Adoptar la legislación para el establecimiento y funcionamiento del banco malo,
a fin de que esté plenamente operativo en noviembre de 2012.
Fecha.
otoño de 2012.
16.
Someter a consulta con las partes interesadas las mejoras en el registro de
crédito.
Fecha:
finales de octubre de 2012
17.
Elaborar propuestas para el fortalecimiento de las entidades no bancarias de
intermediación financiera.
Fecha:
mediados de noviembre de 2012.
18. Proponer
medidas para fortalecer las normas de los órganos rectores de las cajas de
ahorros e introducir requisitos de incompatibilidad con respecto a los órganos
de gobierno de las cajas de ahorros y bancos comerciales controlados por ellas.
Las cajas podrían verse obligadas a deshacer sus posiciones de control en la
banca comercial española.
Fecha:
finales de noviembre de 2012.
19.
Ofrecer una hoja de ruta con el fin de que las entidades financieras que hayan
recibido ayudas salgan a Bolsa.
Fecha:
finales de noviembre de 2012.
20.
Preparar la legislación para aclarar el papel de las cajas de ahorros en su
calidad de accionistas de las entidades de crédito. Proponer medidas para
fortalecer las normas de idoneidad para los órganos rectores de las cajas de
ahorros e introducir requisitos de incompatibilidad con respecto a los órganos
rectores de los antiguos bancos de ahorro y los bancos comerciales controlados
por ellos.
Fecha: finales de noviembre de 2012
21. Las
entidades presentarán una hoja estandarizada con las ayudas del Estado o con
las necesidades de capital que resultarán de los test de estrés.
Fecha:
a partir de diciembre 2012
22. Presentar
un documento sobre la modificación de la estructura de aprovisionamiento si los
Reales Decretos 2/2012 y 18/2012 dejaran de aplicarse.
Fecha:
mediados de diciembre 2012
23. Los
bancos del Grupo 3 que planeen una ampliación de capital significativa, es
decir, que corresponde a más del 2% de los activos ponderados por riesgo,
tendrán que emitir los denominados CoCos (bonos contingentes convertibles) de
manera preventiva dentro de su plan de recapitalización para cumplir con los
requisitos de capital.
Fecha:
finales diciembre de 2012
24. Transferencia
de competencias: se transfiere el poder de sancionar y licenciar desde el
Ministerio de Economía al Banco de España.
Fecha:
a finales de diciembre de 2012
25.
Exigir que las instituciones de crédito revisen y, si es necesario, preparen y
ejecuten estrategias de contingencia de cara al posible deterioro de sus
activos.
Fecha:
finales de diciembre de 2012
26.
Exigir a todas las instituciones de crédito cumplir el ratio del 9% de tier1
(Core Capital).
Fecha: 01 de enero 201327. Examen de los acuerdos de gobernanza del FROB y asegurarse que los banqueros en activo no son miembros de los órganos de gobiernos del FROB.
Fecha: 01 de enero 2013
28. Revisión de los problemas de concentración de crédito y transacciones con partes relacionadas.
Fecha: a mediados de enero 2013
29. Proponer una legislación específica para limitar la venta por parte de los bancos de instrumentos de deuda subordinada a inversores no cualificados y mejorar de manera sustancial el proceso de venta de cualquier instrumento que no esté cubierto por el FGD de cara a clientes minoristas.
Fecha: para finales de febrero de 2013
30. Modificar la legislación para la mejora del registro de los créditos.
Fecha: finales de marzo de 2013
31. Recaudar capital para limitar el porcentaje de los activos de riesgo al 2%.
Fecha: finales de junio de 2013
32. Los bancos del Grupo 3 (recapitalizados con CoCos) deberán presentar planes de restructuración.
Fecha: finales de junio de 2013
4. Conclusiones
4.1. El proceso de reestructuración
auspiciado por el Eurogrupo, aunque incorpora a los inversores y accionistas a
soportar el coste de la misma, plantea
las imprescindibles inyecciones de capital público en un marco general de
temporalidad. Es decir, igual que los sucesivos gobiernos españoles, considera
el Memorándum que el sector bancario volverá a ser privado después de la
utilización de los fondos proporcionados sector público para ser saneado. El
proceso concluirá en el futuro con menos entidades y con más riesgo sistémico.
4.2. Esta nueva reforma del sector
termina de sepultar a las cajas de ahorro a las que, de forma indirecta, se
responsabiliza del problema existente. Se dificulta el control de sus bancos
participados por lo que se aboca a las que han sobrevivido, a una conversión en
accionistas sin poder de acción alguno.
4.3. Los bancos necesitados de capital
(grupos 1, 2 y 3) deberán presentar a principios de octubre sus planes de
recapitalización con medidas internas, ventas de activos, gestión de los
pasivos o mediante la petición de ayuda pública. Las autoridades españolas y la
Comisión Europea analizarán esos planes. Para los bancos nacionalizados
(grupo 1), los que necesitarán más capital, el Gobierno debe empezar a preparar
ya este mes los planes de resolución o reestructuración, de modo que estén
listos para ser aprobados por la
Comisión Europea en noviembre.
4.4. En el marco de estos planes se establece la transferencia de activos
tóxicos a un banco malo que debe estar culminada a finales de año y se “aparcarán”
a precios razonables. Está por ver si esa actuación generará pérdidas a las
entidades (lo que supondrá mayor necesidad de capital, en gran medida público)
o si trasvasará el quebranto a la entidad gestora de estos activos (la pérdida
recaería en su totalidad en el sector público).
4.5. Si las necesidades de capital de las entidades son superiores al 2% de
sus activos ponderados por riesgo, no podrán negarse a recibir ayudas públicas
europeas que se instrumentarán con bonos convertibles en acciones. Estos
instrumentos de deuda podrán ser amortizados (mediante la devolución de su importe)
hasta junio de 2013 con el capital privado que capte la
entidad. Si no lo logra, serán convertidos en acciones y, por tanto, dichas
entidades quedarán nacionalizadas, al menos parcialmente. Aquellos otros de
este grupo que necesiten una ampliación de capital menor al 2% de los activos
ponderados por riesgo, tendrán de plazo para hacerlo hasta el 30 de junio de
2013, pero no serán objeto de esa recapitalización preventiva con bonos
contingentes convertibles.
Si el resultado de los test de
estrés es el que se adivina por las actuales filtraciones, este plan supondrá únicamente una tregua temporal que no
solucionará el problema de fondo. Todas las entidades precisan de capital y no
lo van a conseguir por medio de sus accionistas privados de forma exclusiva por
lo que a medio plazo, la inyección de fondos tendrá que ser transformada en
capital.
No hay comentarios:
Publicar un comentario