Cambio de sistema

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sábado, 25 de agosto de 2012

La quiebra del Fondo de Garantía de Depósitos



Carlos Sánchez Mato

El 15 de octubre de 2011 entró en vigor el Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se creó el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. El nuevo Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito tiene por objeto, como venía siendo hasta ahora, garantizar los depósitos en entidades de crédito, con el límite de 100.000 euros pero incorpora a sus funciones la realización de actuaciones que refuercen la solvencia y funcionamiento de las entidades de crédito.
En el Real Decreto-ley, se declara la disolución de los tres Fondos de Garantía de Depósitos existentes hasta ahora (el Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro, el Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios y el Fondo de Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito), cuyos patrimonios han quedado integrados en el nuevo Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, que se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquellos.
En conclusión y en lo que se refiere a la garantía de los depositantes ofrecida por el nuevo Fondo, no se ha producido ninguna modificación por lo que seguirán estando garantizados 100.000 euros por titular.
Tal y como demuestran los datos publicados por el organismo, la garantía que presta es meramente testimonial ya que al finalizar 2011, no solo no contaba con patrimonio neto sino que éste era negativo. Es evidente que las nuevas funciones que se le han asignado exceden en mucho la capacidad financiera que tiene el Fondo de Garantía de Depósitos.