La Comisión Europea ha hecho pública una histórica multa a seis 
entidades financieras por crear un cártel en los mercados de derivados 
de los tipos de interés con el objeto de influir en la determinación de 
precios del euríbor. La investigación ha concluido con la imposición de 
una sanción de 1.712 millones de euros a seis entidades (Deutsche Bank, 
Société Générale, RBS, JP Morgan, Citigroup y RP Martin) y la 
eliminación de la multa a UBS y Barclays, que también participaron en el
 apaño pero que denunciaron las maquinaciones utilizadas a la Comisión.
¿En qué ha consistido la manipulación realizada?
Todos los días laborables y antes de las 10 y media de la mañana, la 
agencia de noticias Thompson Reuters elabora una encuesta en la que 
participan representantes de 44 bancos europeos que le comunican a qué 
precio estarían dispuestos a prestar fondos a otras entidades. Con una 
metodología extremadamente simple, elabora una media aritmética después 
de excluir para el cálculo los tipos más elevados y también los más 
reducidos. El resultado de la muestra es el euríbor, el índice de 
referencia que se utiliza para millones de operaciones financieras y de 
préstamo. La burda práctica utilizada por los bancos sobre los que ha 
recaído la sanción consistía simplemente en acordar con otras entidades 
el tipo de referencia que comunicaban a Reuters para conseguir el 
resultado apetecido. De esta forma, han obtenido mediante estas 
conductas fraudulentas de adulteración de las reglas del mercado, 
beneficios multimillonarios en operaciones con derivados sobre tipos de 
interés y en los préstamos que utilizan como referencia estos 
indicadores.
El alborozo general que se ha producido por la decisión de la Comisión Europea no debe ocultar la insuficiente respuesta ante este gigantesco fraude que las entidades bancarias han cometido.
En primer lugar, es asombroso que el tipo de interés al que 
están referenciados la inmensa mayoría de los contratos financieros (no 
solo préstamos) sea un indicador privado ya que es una marca 
registrada por la Federación Europea Bancaria que agrupa a las 
principales entidades financieras de la Unión Europea. ¿Alguien en su 
sano juicio podía pensar que los representantes del panel de bancos que 
participan en la fijación de precios no iban a actuar en beneficio 
propio y en perjuicio del conjunto de los ciudadanos? ¿De verdad hay 
gente que piensa que todos los que participamos en el mercado global 
contamos con la misma información?
En segundo lugar, no podemos menos que criticar el monto de 
las multas acordadas, absolutamente insuficiente con respecto a lo que 
puede haber supuesto la cantidad defraudada por el conjunto de las 
entidades bancarias . Es vergonzoso que la Comisión Europea no 
haya publicado los cálculos económicos del expolio cometido con la única
 intención de proteger a los delincuentes confesos. En este sentido, hay
 que destacar que, además de haber impuesto multas de importes 
reducidos, UBS y Barclays han sido eximidas de abonar ninguna sanción 
por haber denunciado el cártel. ¿Cómo se puede declarar que esta 
actuación evitará comportamientos similares en el futuro? Los 
incentivos para cometer nuevas malversaciones y para maquinar 
variaciones de precios en búsqueda de astronómicas ganancias siguen 
siendo enormes.
En tercer lugar, no debemos olvidar que los términos técnicos de la decisión de la Comisión Europea excluyen de manera expresa de futuras reclamaciones a los afectados en
 calidad de clientes de las entidades bancarias por tener préstamos 
hipotecarios. El comisario europeo de la Competencia, Joaquín Almunia, 
ha indicado que la investigación de la misma “no versa 
específicamente sobre la manipulación del euríbor en sí, sino sobre el 
cártel formado por los bancos para aprovecharse de ello”. De esta 
forma, la Comisión Europea, desde su aparente papel de “Robin Hood”, 
muestra su verdadera intención ya que, aunque cabe la posibilidad de 
actuar de forma privada ante los tribunales para reclamar el 
resarcimiento de los perjuicios ocasionados, la sanción no reconoce de 
manera automática el derecho a la reclamación porque solamente considera
 que han sido perjudicados los inversores en derivados que hayan podido 
ser víctimas de estas prácticas. En resumen, se reconoce un brutal 
expolio pero no se activan los medios que permitan resarcir los daños 
que conscientemente los responsables han causado. De un plumazo se 
intenta evitar las devastadoras consecuencias económicas que la 
devolución de lo sustraído tendría sobre las entidades bancarias.
¿Podría haber actuado de otra forma la Comisión Europea?
Por supuesto. Si en vez de utilizar el poder político del que dispone
 para proteger a las entidades de las nefastas consecuencias de sus 
actuaciones, hubiera velado por el interés de los ciudadanos de la Unión
 Europea, el comisario de Competencia tendría que haber tomado las 
siguientes decisiones:
1. Establecimiento del tipo de interés oficial del dinero del
 Banco Central Europeo como único indicador legal para los contratos de 
préstamo en la Unión Europea. Ni ha sido la primera vez ni hay 
ninguna garantía para los consumidores de que no se produzcan 
manipulaciones en lo sucesivo utilizando mecanismos más sofisticados que
 los torpes manejos desvelados.
2. Es imprescindible que la Comisión Europea haga público el cálculo del fraude cometido por las entidades bancarias.
 Técnicamente es perfectamente posible calcular la diferencia entre el 
índice falseado y el que hubiera resultado si se hubiera aplicado la 
media real de las operaciones efectuadas. Eso permitiría definir el 
perjuicio ocasionado, no solo en relación a los inversores en derivados 
sobre los índices manipulados sino también a los vinculados por 
cualquier tipo de contrato financiero que tenga como referencia a los 
mismos.
3. Restitución inmediata de todos los fondos estafados,
 no solo por las entidades que han reconocido formar parte del cártel 
que manipulaba los índices, sino también por todos los bancos que se han
 beneficiado de las irregularidades.
4. Imposición de una multa de, al menos, el 300% del importe 
defraudado y prohibición a las entidades participantes en el cártel de 
operar en los mercados financieros durante un período de 10 años.
Actuando de esta forma, dirán muchos, desaparece la capacidad del 
sistema bancario de sostenerse en solitario. En efecto, sin estas 
turbias maniobras, sin el privilegio de acudir a las subastas del Banco 
Central Europeo para obtener fondos ilimitados a un coste ridículo, sin 
la regalía que supone financiar el déficit público de los estados a 
elevados precios, en definitiva sin ayudas públicas, las entidades 
bancarias privadas no podrían funcionar.
¿Por qué consentimos entonces los ciudadanos europeos que la banca 
privada siga realizando estas maniobras con el auxilio inestimable de 
élites políticas que pasan de un lado al otro de la mesa sin sonrojarse 
cuando defienden desde el sector público los intereses de quienes les 
pagaban antes y les contratarán después?
¿Por qué no exigimos que el sector financiero sea público, tenga 
transparencia y control democrático y esté al servicio del conjunto de 
la ciudadanía que, en definitiva, es quien lo sostiene?
Artículo publicado en La Marea
 
 
 
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